Ruptura Matrimonial

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Cuando nos enfrentamos a una situación de deterioro en la relación matrimonial o, en el peor de los casos, a la ruptura matrimonial, poniendo fin al matrimonio, el primer impulso es plantearse preguntas como “¿cuánto lleva un proceso de divorcio?” “¿cómo afrontar esta nueva etapa?” o “¿qué repercusiones económicas, personales o respecto de los hijos se van a producir en estos casos?”. Pero lo primero que hay que tener en cuenta, y así debe informarnos nuestro abogado especializado en materia de familia, es que hay distintas posibilidades cuyas consecuencias legales pueden llegar a ser muy diferentes.

Ruptura matrimonial

La primera hipótesis, especialmente si solo hay un deterioro de la relación matrimonial pero lo cónyuges “no lo dan todo por perdido”, es la separación de hecho o fáctica. Esta opción mantiene vigente el vínculo matrimonial y se pueden pactar entre las partes las normas básicas que vayan a regular esa separación, pero no hay un procedimiento judicial ad hoc. Simplemente llevando los interesados vidas separadas seguirán casados en lo que respecta a todos los efectos legales.Ruptura matrimonial divorcio salamanca abogado abogados

Otra posibilidad es optar por una separación regulada legalmente y respaldada por los órganos jurisdiccionales o por Notario, donde haya o bien sentencia o bien escritura pública que fije las normas que regularán en el futuro las relaciones familiares (cónyuges o ex cónyuges, hijos y demás familiares). Las opciones son la separación legal y el divorcio.

Y aquí es donde a veces reina la confusión y es necesario el asesoramiento de un equipo formado en derecho de familia que pueda resolver adecuadamente las dudas sobre “No sé si me quiero divorciar o separar, ¿cuál es la diferencia?”, y “¿cómo lo hago?”.

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Si no existen en el matrimonio hijos menores no emancipados ni con la capacidad modificada judicialmente, se podrá hacer el divorcio ante Notario en escritura pública, sin necesidad de acudir al Juzgado, aunque siempre con un buen apoyo legal que vele por que el contenido del convenio sea equitativo, justo y adaptado a las circunstancias familiares.

Si no es posible acudir al Notario, será necesario emprender un procedimiento judicial que termine con una sentencia, en la cual se fijarán los términos de la separación o el divorcio.

La principal diferencia entre ambos supuestos es la extinción total del vínculo que se produce con el divorcio, y no con la separación: los cónyuges separados legalmente siguen casados, lo cual impide su matrimonio con otras personas, mientras que en caso de divorcio ambos ex cónyuges podrán contraer matrimonio de nuevo. Con el divorcio se consuma la ruptura matrimonial.

Son efectos comunes a ambos modelos de ruptura matrimonial el hecho de disolver el régimen económico matrimonial, la vigencia de las obligaciones de los padres para con los hijos, o la posibilidad de reconciliación, que lo es de modo absoluto en el caso de separación y limitado sólo a que esa reconciliación sea posterior a la demanda pero anterior a la sentencia en el caso de divorcio. Después de ésta los cónyuges divorciados podrán casarse de nuevo entre sí pero no reconciliarse en sentido estricto.

También es posible buscar una nulidad del matrimonio, que a su vez pueda ser de orden civil o canónico, por lo que le dedicaremos otro artículo.

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