LICENCIA de TAXI en la sociedad de gananciales

Abogados Divorcios

La regla general en el ámbito de las concesiones administrativas es que éstas se otorgan en base a unos requisitos y cualidades del concesionario, y que por este motivo no pueden transmitirse inter vivos sin la autorización de la administración concedente y sólo pueden ser explotadas por su titular. El caso de la licencia de taxi es algo diferente.

Según mayoritaria doctrina y jurisprudencia, la licencia de taxi es un mero requisito administrativo dirigido a la explotación del taxi. No es un derecho personalísimo, sino un derecho patrimonial, perfectamente transmisible inter vivos y no inherente a la persona de su titular (entre otras, sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga Sección 6ª de 26.enero.2000, o Audiencia Provincial de Madrid sección 22ª de 12.Julio.2012)

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Licencia de taxi en el divorcio

En consecuencia, se aplicarán las reglas generales para saber si es privativa o ganancial a efecto de incluirla o excluirla del inventario de la liquidación, y sus rendimientos durante la vigencia del régimen de gananciales serán considerados siempre como rendimientos del trabajo del cónyuge que tiene su explotación.

  • Una licencia adquirida durante el matrimonio con bienes o dinero privativo será privativa, y sus rendimientos serán gananciales.
  • Una licencia adquirida durante el matrimonio con bienes o dinero ganancial será ganancial, y sus rendimientos serán gananciales.

Ahora bien, si la sociedad de gananciales se disuelve (por resolución que decreta el divorcio o la separación, o por capitulaciones matrimoniales que extinguen el régimen ganancial y lo cambian por otro) pero tarda un tiempo en liquidarse ¿qué ocurre con los rendimientos de la licencia del taxi en el intervalo de tiempo desde la disolución a la liquidación?.

La mayoría de la jurisprudencia considera que la licencia de taxi por sí sola no genera beneficios, sino que debe ir acompañada de modo inseparable del esfuerzo, el trabajo y la dedicación del cónyuge o ex cónyuge que conduce el taxi. Siguiendo este criterio, sentencias como las de la Audiencia Provincial de Madrid en el recurso 19/2011 (sección 24ª) o en el recurso 660/201 (sección 22ª) distinguen las siguientes posibilidades:

  1. Si el taxi es explotado de manera exclusiva por uno de los ex cónyuges después de la disolución del régimen de gananciales, los rendimientos que pueda obtener desde ese momento hasta su liquidación serán privativos.
  2. Si, por el contrario, la industria del taxi genera sus propios recurso al margen o junto al trabajo de uno o los dos ex cónyuges, los rendimientos de esa licencia seguirán siendo gananciales hasta el momento de la liquidación definitiva de la sociedad ganancial.

Aunque criterio mayoritario, no es, a pesar de todo, una idea totalmente unánime, por lo que conviene analizar cada caso y sus circunstancias con detalle.

2 thoughts on “LICENCIA de TAXI en la sociedad de gananciales”

  1. Estando casados el ayuntamiento cedió una licencia a mi marido,hemos vivido de ello,pero estoy pensando en separarme,el taxi esta a nombre de los dos,aunque lo ha pagado todo mi marido. ¿Que me va a tocar? Gracias

    1. Maria.
      Deberemos estudiar con qué dinero se pago y por ello si la licencia es o no ganancial y si puede o no encuadrarse dentro de los bienes gananciales a repartir después del divorcio.
      El estudio del caso concreto podemos realizarlo a través de la contratación de una consulta jurídica.

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